En el ámbito de la reclamación de impagados, una de las preguntas más frecuentes es cuándo prescribe una deuda que ha sido reclamada judicialmente. Este tema es de gran importancia tanto para acreedores como para deudores, ya que afecta directamente a la posibilidad de exigir o liberarse de una obligación de pago.
La prescripción de una deuda es un concepto legal que establece un plazo límite para que el acreedor pueda reclamar el pago de una deuda. Una vez transcurrido este plazo, el deudor puede alegar la prescripción para evitar el pago, aunque la deuda no desaparece por sí misma.
En el caso de las deudas reclamadas judicialmente, aunque el concepto de prescripción puede parecer sencillo, en realidad hay varios de matices que requieren una consideración detallada. Por este motivo, como abogados especialistas en reclamación de impagos en Barcelona, queremos proporcionarle un conocimiento sólido sobre los plazos de prescripción para las deudas judiciales, los factores que pueden afectar estos plazos y qué implicaciones tienen para el acreedor y el deudor.
¿Cuánto tarda en resolverse un juicio por impago?
El tiempo que tarda en resolverse un juicio por impago varía dependiendo de varios factores, como la complejidad del caso, la carga de trabajo del juzgado y la colaboración de las partes involucradas. Sin embargo, en líneas generales, un juicio por impago puede tardar entre seis meses y dos años en llegar a una resolución, dependiendo del Juzgado donde se insta la demanda correspondiente.
Para realizar una estimación del transcurso del proceso judicial por impago, se deben considerar las fases por las que se pasa:
- 1. Presentación de la demanda
El acreedor inicia el proceso presentando una demanda ante el juzgado competente.
- 2. Admisión a trámite
El juzgado revisa la demanda y, si cumple los requisitos, la admite a trámite. Este proceso puede llevar de 1 a 3 meses.
- 3. Notificación al deudor
Se notifica al deudor sobre la demanda a través del Juzgado de Primera Instancia de su localidad. El deudor dispone de 20 días hábiles para realizar el pago o para contestar a la demanda.
- 4. Respuesta del deudor
Pueden darse tres escenarios:
- Si el deudor paga la deuda en el plazo establecido y contesta allanándose a la demanda, se dictaría sentencia condenando al demandado.
- Si el deudor paga la deuda en el plazo establecido, pero no avisa al Juzgado de ello, estaría en rebeldía y el procedimiento sigue su curso hasta la sentencia.
- Si el deudor no paga la deuda, sigue la vía judicial hasta dictarse la sentencia pertinente.
- 5. Audiencia previa
Si el caso lo requiere, se celebra una audiencia previa que puede tardar en fijarse de 3 a 6 meses.
- 6. Juicio
La celebración del juicio puede demorarse de 6 meses a 1 año desde la audiencia previa.
- 7. Sentencia
La emisión de la sentencia puede tardar de 1 a 3 meses después del juicio.
¿Cuándo prescriben las deudas reclamadas judicialmente?
Deudas personales y mercantiles
Según el artículo 1964 del Código Civil, las deudas derivadas de contratos personales o mercantiles prescriben a los 5 años desde que se puede exigir su cumplimiento. Esto incluye créditos bancarios, préstamos personales, y otras obligaciones financieras.
Deudas hipotecarias
Las deudas hipotecarias prescriben a los 20 años, según el artículo 1964 del Código Civil, esto implica que los acreedores hipotecarios tienen un plazo más amplio para reclamar judicialmente este tipo de deudas.
Deudas laborales
Las deudas por salarios impagados tienen un plazo de prescripción de 1 año, lo cual significa que un trabajador que no haya recibido su salario puede reclamarlo en el plazo de un año desde que se hizo exigible.
Deudas fiscales o con la administración pública
Las deudas con la administración, como multas o impuestos impagados, suelen tener un plazo de prescripción de 4 años. En el caso de deudas relacionadas con la deuda pública, el plazo puede variar dependiendo de la normativa específica aplicable.
Todos estos plazos se refieren a deudas no reclamadas judicialmente. Una vez que se inicia un procedimiento judicial, la situación cambia:
- La reclamación judicial interrumpe la prescripción.
- Si se obtiene una sentencia favorable, el plazo de prescripción para ejecutar la sentencia es de 5 años.
- Durante el proceso judicial, no corre el plazo de prescripción.
Por lo tanto, una deuda reclamada judicialmente no prescribirá mientras el proceso esté activo. Una vez finalizado el proceso con una sentencia firme, el acreedor tendrá 5 años para ejecutar dicha sentencia.
Cuanto antes se presente la demanda judicial, más viabilidad podrá tener el procedimiento y menos riesgo de que se produzca la prescripción de la reclamación. En el caso de que la deuda reclamada judicialmente haya obtenido una sentencia y la parte deudora no pagase, se instará la demanda de ejecución de sentencia con el fin de proceder al embargo de los bienes del deudor, realizando la averiguación patrimonial del mismo, vía judicial.
¿Cuándo caducan los embargos judiciales?
Una vez que se ha dictado un embargo judicial, este tiene una vigencia determinada que puede variar según el tipo de bien embargado. Por ejemplo, los embargos sobre bienes inmuebles, como viviendas, tienen una duración que puede extenderse durante varios años, hasta que se liquide la deuda o se venda el bien. No obstante, los embargos sobre bienes muebles, como vehículos o cuentas bancarias, pueden caducar más rápidamente si no se logra satisfacer la deuda.
Se debe tener en cuenta que el acreedor debe mantener actualizado el embargo para evitar que caduque, de no hacerlo, el deudor podría solicitar la cancelación del embargo y liberarse de esa obligación sin pagar la totalidad de la deuda.
¿Qué pasa si no pago una deuda reclamada judicialmente?
Si no paga una deuda que ha sido reclamada judicialmente, el acreedor puede solicitar medidas ejecutivas, como embargos de bienes o retenciones de ingresos. Además, el no cumplir con una resolución judicial puede derivar en mayores consecuencias legales, como intereses de demora y la posible imposibilidad de acceder a créditos futuros. En casos extremos, el impago de deudas puede llevar incluso a un concurso de acreedores en el que los bienes del deudor se liquidan para cubrir las obligaciones pendientes.
El riesgo de sufrir embargos judiciales o la imposibilidad de acceder a créditos futuros son consecuencias directas de no cumplir con las obligaciones de pago establecidas en el fallo judicial, por eso, si se enfrenta a una deuda judicial, es recomendable actuar rápidamente para evitar mayores complicaciones financieras.
¿Cómo puedo saber si la deuda se ha prescrito?
Para saber si una deuda ha prescrito, es necesario verificar cuándo fue la última vez que se exigió formalmente el pago o si se han tomado acciones legales en su contra. En muchos casos, las deudas pueden parecer olvidadas, pero si no se reclama formalmente en el plazo de prescripción correspondiente, el deudor tiene derecho a alegar la prescripción en su defensa.
Un abogado especializado en reclamación de impagos como BUFET GÓMEZ FERRÉ puede ayudarle a revisar los documentos y las fechas importantes para determinar si la deuda ha prescrito o si aún puede ser reclamada.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si no se reclama una deuda a tiempo?
Si no se reclama una deuda dentro del plazo de prescripción, el acreedor pierde el derecho a exigir su pago judicialmente. Esto no significa que la deuda desaparezca, pero el deudor puede invocar la prescripción como defensa para no pagarla.
¿Se puede interrumpir el plazo de prescripción?
Sí, el plazo de prescripción puede interrumpirse si el acreedor toma acciones legales, como enviar una reclamación judicial o un requerimiento notarial. Esta interrupción reinicia el plazo de prescripción, dando al acreedor más tiempo para reclamar la deuda.
¿Prescriben las deudas bancarias de la misma manera que otras deudas?
Las deudas bancarias, como los préstamos personales o tarjetas de crédito, prescriben generalmente a los 5 años desde que el banco puede exigir su cumplimiento. Sin embargo, deudas como las hipotecarias tienen un plazo más largo, de 20 años.
¿Qué sucede después de que una deuda ha prescrito?
Una vez que una deuda ha prescrito, el acreedor pierde el derecho de emprender acciones judiciales para reclamar su pago, sin embargo, esto no significa que la deuda desaparezca completamente o que el deudor esté libre de todas las consecuencias. Algunos aspectos a tener en cuenta:
- Derecho a cobrar extrajudicialmente: aunque el acreedor no puede demandar judicialmente, aún puede intentar cobrar la deuda a través de métodos no judiciales, como llamadas de cobro o negociaciones voluntarias.
- Reporte en el historial crediticio: la deuda puede seguir figurando en el historial crediticio por un tiempo, afectando tu puntaje y tu capacidad de obtener crédito en el futuro.
- Responsabilidad moral: aunque la deuda haya prescrito legalmente, algunas personas podrían sentir una obligación moral para saldarla. No obstante, se recomienda evaluar tus circunstancias antes de decidir si continuar con el pago.
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